Auto Supremo AS/0805/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Con los antecedentes referidos, corresponde a este Tribunal remitirse en primera instancia a lo dispuesto


Con los antecedentes referidos, corresponde a este Tribunal remitirse en primera instancia a lo dispuesto por el art. 358 de la norma adjetiva penal, que preceptúa: “Concluido el debate los miembros del tribunal pasarán de inmediato y sin interrupción, a deliberar en sesión secreta, a la que sólo podrá asistir el secretario. La deliberación no se podrá suspender salvo…”