Auto Supremo AS/0805/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Que revisado el Auto de Vista, este Tribunal constata que el Ad quem, anuló la


Que revisado el Auto de Vista, este Tribunal constata que el Ad quem, anuló la Sentencia, argumentando que conforme lo dispuesto por el art. 358 del CPP., la participación del secretario en el acto de deliberación de la Sentencia es obligatoria y necesaria, pues sería el funcionario que da fe de todo lo acontecido en el referido acto, no siendo la misma una facultad potestativa; por lo que, al haber dispuesto el Juez técnico que la misma se retirara del acto; el A quo habría vulnerado el debido proceso