Por memorial presentado el 16 de mayo de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 806/2015-RRC-L
Sucre, 06 de noviembre de 2015
Expediente: Potosí 19/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Javier Isidoro Menacho Ayarachi
Delito : Incendio
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de mayo de 2011, cursante de fs. 121 a 129 vta., Javier Isidoro Menacho Ayarachi, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2011 de 7 de mayo, de fs. 109 a 111 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Marcos Durán Gonzales contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Incendio, previsto y sancionado por el art. 206 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 806/2015-RRC-L
Sucre, 06 de noviembre de 2015
Expediente: Potosí 19/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Javier Isidoro Menacho Ayarachi
Delito : Incendio
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de mayo de 2011, cursante de fs. 121 a 129 vta., Javier Isidoro Menacho Ayarachi, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 16/2011 de 7 de mayo, de fs. 109 a 111 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Marcos Durán Gonzales contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Incendio, previsto y sancionado por el art. 206 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 16 de mayo de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública, una vez concluida la audiencia de
- b) Contra la mencionada Sentencia, Juan Marcos Durán Gonzales interpuso recurso de apelación restringida
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 660/2015-RA-L de 18
- El recurrente solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, al advertir flagrante violación a los
- Mediante Auto Supremo 660/2015-RA-L de 18 de septiembre, de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante
- III.1. De los precedentes contradictorios
- Por otra parte, citó el Auto Supremo 196 de 3 de junio de 2005, que
- III.2. Análisis del motivo de casación
- En cuanto al motivo en cuestión, si bien los Jueces y Tribunales de Sentencia tienen
- Por otra parte, los precedentes invocados por el recurrente, no son contrarios al Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
