De la misma forma, debe considerarse que la obligación de la debida fundamentación es extensible
De la misma forma, debe considerarse que la obligación de la debida fundamentación es extensible no sólo para el juzgador o tribunal, sino también para las partes que hacen uso de los medios de impugnación previstos en la norma procesal penal, quienes tienen como carga argumentativa: exponer de forma clara, precisa y coherente los agravios que considera lesivos, extremo que no sucedió en el presente caso, tal como destacara el Tribunal de alzada en la resolución impugnada de casación. De lo que se infiere, que la denuncia de la recurrente no es evidente al no existir vulneración de principios, derechos y garantías constitucionales; en consecuencia, el presente recurso deviene en infundado
- Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia de 12
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 677/2015-RA-L de 21 de septiembre,
- II.1.Apelación
- II.2.Auto de Vista
- III.1.Sobre la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
- III.2.Análisis del caso concreto
- En el presente caso, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, a tiempo
- De los antecedentes se advierte que la recurrente formuló su apelación restringida, señalando como uno
- Ahora bien, de ambos antecedentes, se advierte que el recurrente realiza una denuncia sobre la
- De la misma forma, debe considerarse que la obligación de la debida fundamentación es extensible
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
