Con relación al precedente invocado se debe tener en cuenta que el mismo emerge de
Con relación al precedente invocado se debe tener en cuenta que el mismo emerge de un caso en el que se Sentenció al imputado como autor del delito de Violación, previsto y sancionado por el artículo 308 bis del Código Penal, el Tribunal de alzada revocó la Sentencia condenatoria y absolvió de culpa y pena al imputado, señalando que la Sentencia se basó en una declaración que hizo una niña por escrito, y que no se demostró científicamente, más allá de toda duda razonable, que la menor fue víctima de abuso sexual con acceso carnal por parte del imputado, pues durante la celebración del juicio se excluyó el informe médico-legal ginecológico y no se escuchó la declaración del perito autor de ese informe, quien no concurrió al debate, en síntesis se establece que el Tribunal de alzada revalorizó la prueba y revisó cuestiones de hecho, aspecto que se encuentra prohibido en esa etapa del proceso; por lo referido, este precedente contrastado con lo solicitado por el recurrente no se puede advertir una contradicción con el mismo debido a que el Auto de Vista ahora impugnado en ningún momento revalorizó prueba o revisó cuestiones de hecho, entonces mal podría existir una contradicción y/o una relación de hecho similar porque el Tribunal de alzada al declarar improcedente el recurso de apelación restringida no realizó algún aspecto contradictorio con el precedente invocado; por otro lado, si bien el precedente señala que “la absolución sólo debe surgir de una imparcial consideración de toda la evidencia del caso o de la falta de suficiente prueba en apoyo de la acusación”, esta afirmación a más de ser contradictoria, la misma refrenda lo realizado por el Tribunal de Sentencia teniendo en cuenta que el mismo determinó que no existió la suficiente prueba para generar la convicción en dicho Tribunal para emitir una Sentencia condenatoria
- Por memorial presentado el 10 de octubre de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública y particular, una vez concluida la
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se emita uno nuevo
- Mediante Auto Supremo 623/2015-RA-L, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz,
- Este Tribunal admitió el recurso abriendo su competencia a objeto de verificar la supuesta contradicción
- III.1. La labor de contraste en la etapa de casación
- Las decisiones de las autoridades jurisdiccionales y contenidas en los Autos de Vista, deben ser
- Dicho entendimiento, sobre la labor de contraste que debe desarrollar este Tribunal fue traducido ampliamente
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Con relación a lo manifestado en el motivo, el recurrente a tiempo de denunciar que
- Que no solamente consta la falta de aplicación de tal criterio por parte del Tribunal
- Con relación al precedente invocado se debe tener en cuenta que el mismo emerge de
- Por otro lado, el recurrente menciona que el precedente es contradictorio porque no se contempló
- Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, que en su doctrina legal señala
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- Al respecto, con la finalidad de evidenciar que el precedente es o no contradictorio con
- Por otro lado, el Tribunal de alzada explicó que lo que el recurrente debió solicitar
- Analizada la Resolución impugnada, se tiene que la misma tiene estructura de forma y de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
