De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Percy Fernandez Añez, Alcalde del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra y la imputada Diana Matilde Cuéllar Paz, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 509 a 513 y 517 a 527 vta.), resueltos por el Auto de Vista 434 de 17 de agosto de 2011 (fs. 563 a 565 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos, motivando la interposición del presente recurso de casación.
I.1.1. Del motivo del recurso
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente refiere que la Sentencia fue emitida incurriendo en los defectos establecidos en art. 370 incs. 5), 6) y 8) del Código de Procedimiento Penal (CPP), aspecto que fue reclamado en su recurso de apelación restringida; al respecto, transcribe el penúltimo considerando del Auto de Vista, para señalar que el Tribunal de alzada incurrió en errónea interpretación de la ley, debido a que señaló que el Juez de Sentencia asignó el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, cuando no fue así, porque en Sentencia no plasmó realmente lo que manifestaron los testigos de cargo, menos consideró y/o valoró en base a las reglas de la sana crítica, qué valor le asignó a la prueba de cargo signada con el N° 3 que fue presentada por la acusación pública y particular, en la cual consta la firma de los imputados aceptando que ellos realizaban la reventa de los boletos en el zoológico Municipal; por ello, afirma que esta falta de consideración no condice con lo establecido por el art. 173 del CPP y que se plasmó lo establecido en el art. 370 inc. 6) del CPP. Con esos antecedentes, arguye que el Tribunal de alzada al no considerar estos aspectos, no le restituyó sus derechos constitucionales, además estos aspectos se encuentran previstos en la jurisprudencia del Tribunal Supremo
- Por memorial presentado el 10 de octubre de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública y particular, una vez concluida la
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se emita uno nuevo
- Mediante Auto Supremo 623/2015-RA-L, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz,
- Este Tribunal admitió el recurso abriendo su competencia a objeto de verificar la supuesta contradicción
- III.1. La labor de contraste en la etapa de casación
- Las decisiones de las autoridades jurisdiccionales y contenidas en los Autos de Vista, deben ser
- Dicho entendimiento, sobre la labor de contraste que debe desarrollar este Tribunal fue traducido ampliamente
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Con relación a lo manifestado en el motivo, el recurrente a tiempo de denunciar que
- Que no solamente consta la falta de aplicación de tal criterio por parte del Tribunal
- Con relación al precedente invocado se debe tener en cuenta que el mismo emerge de
- Por otro lado, el recurrente menciona que el precedente es contradictorio porque no se contempló
- Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, que en su doctrina legal señala
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- Al respecto, con la finalidad de evidenciar que el precedente es o no contradictorio con
- Por otro lado, el Tribunal de alzada explicó que lo que el recurrente debió solicitar
- Analizada la Resolución impugnada, se tiene que la misma tiene estructura de forma y de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
