Auto Supremo AS/0834/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2015-RA-L

Fecha: 24-Nov-2015

En cuanto a la verificación del plazo previsto en el art


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En cuanto a la verificación del plazo previsto en el art. 417 del CPP, este no puede ser efectuado en mérito a lo señalado en la Resolución de 9 de octubre de 2010, cursante a fs. 175, se tiene que el Ministerio Público solicitó la emisión de nueva orden instruida para la notificación al imputado con el Auto de Vista complementario al recurrido, sin embargo, ante la constatación de que el 2 de octubre (7 días antes), fue presentado el recurso de casación, los miembros de la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dándolo por notificado el recurrente dispusieron la remisión de antecedentes ante este Tribunal de casación