Por el segundo motivo del recurso, se cuestiona la incorrecta interpretación del art
2. Sobre la incorrecta interpretación del art. 120 de la LGT y 163 de su Decreto Reglamentario, respecto a la imprescriptibilidad prevista por el art. 48.IV de la CPE
Por el segundo motivo del recurso, se cuestiona la incorrecta interpretación del art. 120 de LGT y 163 de su DR-LGT; pues dice que, si bien el art. 48.IV de la Constitución, prevé que los beneficios sociales son imprescriptibles, pero no es aplicable a hechos que se produjeron antes de la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado
Por el segundo motivo del recurso, se cuestiona la incorrecta interpretación del art. 120 de LGT y 163 de su DR-LGT; pues dice que, si bien el art. 48.IV de la Constitución, prevé que los beneficios sociales son imprescriptibles, pero no es aplicable a hechos que se produjeron antes de la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado
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- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
