Auto Supremo AS/1016/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1016/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de

A fs. 122 a 123, se apersona María Alejandra Hein Ruck y Andrea Patricia Blacut Olmos, en representación legal de BNB SAFI S.A. SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION, señalando que la sociedad a la que representan es propietaria actual de 1.253 acciones de la empresa de Ingeniería y Servicios Integrales Cochabamba S.A. y de 953 acciones de la Empresa de Luz y Fuerza Electica Cochabamba S.A., mismas que fueron legalmente adquiridas mediante una transacción pública en la Bolsa Boliviana de Valores el 12 de junio de 2000. Al mismo tiempo opone excepción de prescripción, para finalmente negar la demanda y oponer excepciones perentorias de falta de acción y derecho mediante memorial de fs. 129 a 132 y vta.
Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de la Capital, mediante Sentencia Nº 27/2009 de 04 de marzo de 2009, cursante de fs. 628 a 634, declaró improbada la demanda principal de fs. 26 y su modificación de fs. 33, probadas las excepciones perentorias de falta de acción y derecho e improcedencia formuladas por los demandados Pedro Rivera Eterovic y Raúl Marcelo Salinas Gamarra e improbadas las demás excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad y prescripción opuestas por los nombrados. Con costas a la demandante Betty Eterovic Prada