Señala que la función principal del Tribunal es la de revisar los procesos de oficio
Señala que la función principal del Tribunal es la de revisar los procesos de oficio observando plazos y leyes que norman la tramitación de los procesos y no así de insinuarle al Juez que en su Sentencia debe analizar y ponderar las constancias existentes en el proceso que hagan razonable su conclusión al emitir una Sentencia, ya que la Sentencia es el resultado de la convicción que el Juez toma con el aporte de las pruebas, sean estas tasadas o apreciadas libremente, por lo que mal el Tribunal puede realizar apreciaciones tan sugestivas, puesto que se estaría menoscabando la independencia de los jueces
- Partes: María Luisa Rodríguez Paredes. c/ Regina Paredes Vda. de Rodríguez
- Proceso: Fraude Procesal
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I:
- Citada la demandada Regina Paredes Vda
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 026/2011 de fecha 25
- Contra la Sentencia interpuso recurso de apelación María Luisa Rodríguez Paredes cursante de fs
- La recurrente interpuso recurso de casación en la forma expresando los siguientes agravios
- Expresa que existe contradicción e incongruencia en la resolución el Tribunal Ad quem expresa que
- Señala que la función principal del Tribunal es la de revisar los procesos de oficio
- Concluye su recurso pidiendo a este Tribunal se declare fundado su recurso y por consiguiente
- CONSIDERANDO III:
- La nueva concepción constitucional del proceso jurisdiccional y concretamente de las nulidades procesales, han superado
- Lo importante hoy, es constatar si el vicio existente ha transgredido efectivamente las garantías
- En ese entendido, resulta trascendental que la autoridad jurisdiccional tome en cuenta los nuevos
- Por lo razonado supra, el fundamento esgrimido por los de Alzada no es suficiente para
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
