Ahora bien el argumento utilizado en el recurso de casación por el apoderado de la
Ahora bien el argumento utilizado en el recurso de casación por el apoderado de la recurrente, se centraliza en el hecho de que al no haber consentimiento de las partes intervinientes en el documento objeto de la acción; la parte actora debió plantear la anulabilidad y no así la nulidad de la Escritura Pública. En ese entendido corresponde a éste Tribunal realizar las siguientes consideraciones:
Con respecto de la falsificación de documentos y sus efectos jurídicos, se tiene que la falsificación de instrumentos privados o públicos se considera una forma especial de engaño que como tal entra en pugna con los principios y valores ético morales en que se sostiene el Estado Plurinacional de Bolivia. Ahora bien los efectos jurídicos que devienen de un hecho ilícito deben tener en relación al actor eminentemente efectos de reproche a la conducta ilícita, y por ningún motivo debe significar la consolidación de derechos favorables al actor que incurrió en el acto ilícito, por consiguiente que conciba efectos benignos para el autor, como el que podría darse en el caso de Autos, si se reconoce validez a una transferencia que deviene de una falsificación
Con respecto de la falsificación de documentos y sus efectos jurídicos, se tiene que la falsificación de instrumentos privados o públicos se considera una forma especial de engaño que como tal entra en pugna con los principios y valores ético morales en que se sostiene el Estado Plurinacional de Bolivia. Ahora bien los efectos jurídicos que devienen de un hecho ilícito deben tener en relación al actor eminentemente efectos de reproche a la conducta ilícita, y por ningún motivo debe significar la consolidación de derechos favorables al actor que incurrió en el acto ilícito, por consiguiente que conciba efectos benignos para el autor, como el que podría darse en el caso de Autos, si se reconoce validez a una transferencia que deviene de una falsificación
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Citada la demandada, mediante memorial de fa
- En virtud a que la demandada no respondió la demanda en el plazo previsto por
- Sustanciado el proceso en primera instancia la Juez Tercero de Partido en lo Civil y
- Del contenido del Recurso de Casación en el fondo se tiene lo siguiente
- Pidiendo a la Excma
- CONSIDERANDO III:
- 1) Por falta de contrato, objeto o la forma prevista por la ley como requisito
- 2) Por faltar en el contrato los requisitos señalados por la ley
- 3) Por ilicitud de la causa y por ilicitud del motivo que impulsó a las
- 4) Por error esencial sobre la naturaleza o sobre el objeto del contrato
- La citada norma claramente establece las cusas que hacen procedente la nulidad de los contratos,
- Ahora bien el argumento utilizado en el recurso de casación por el apoderado de la
- En este entendido debemos puntualizar que toda falsificación es evidentemente un acto ilícito y como
- Si bien el art
- Establecido lo anterior corresponde puntualizar que el Tribunal Supremo como administrador de justicia no puede
- En virtud a este razonamiento, este Tribunal Supremo no puede reconocer un derecho propietario y
- Por todo lo señalado precedentemente, corresponde a éste Tribunal resolver conforme lo estipulado en los
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
