DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Que la demanda que cursa a fs. 29 y vta. Se fundaría en el art. 568 del CC., demanda que carece de los requisitos establecidos en el art. 327 incs. 3) y 4) del CPC., pues no se precisaría con claridad el domicilio del demandante y menos de la ahora recurrente como demandada
- Partes: Francisco Alpire Medina. c/ Ariel Paz Guasde y Otros
- Proceso: Resolución de compromiso de venta y otros
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Declaró improbada la demanda reconvencional de usucapión y anulabilidad, interpuesto por Victoria Alvares Céspedes
- Declaró probada la demandad reconvencional de mejor derecho propietario y acción negatoria incoada por Ariel
- Disponiendo que en ejecución de sentencia: Se proceda al avaluó de las mejoras existente
- En aplicación al art
- A la restitución de las cuotas recibidas en aplicación del porcentaje convenido en la
- Restituidas que sean las cuotas, el pago de las mejoras y efectuada la compensación por
- Respecto a Ariel Paz Guasde a quien se le ha reconocido su mejor derecho propietario
- Deducida la apelación por el demandante y la codemandada Olga Arce Palachay y remitidas las
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, Olga Arce Palachay interpuso recurso de casación,
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- Por todos estos argumentos solicita se dicte resolución casando el Auto de Vista recurrido
- CONSIDERANDO III:
- En este entendido, la nulidad procesal es considerada como medida de última ratio, por lo
- En relación a lo expuesto es preciso realizar las siguientes consideraciones
- En cuanto a los puntos 2, 3, 4 y 5 donde la recurrente acusa cuestiones
- En este marco se debe precisar en cuanto a que a fs
- Respecto a que de “fs
- En relación a todo lo expuesto supra, se concluye que la recurrente al margen de
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
