Auto Supremo AS/1089/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1089/2015

Fecha: 23-Nov-2015

Por otra parte también refiere que el Auto recurrido hubiera vulnerado el art

Por otra parte también refiere que el Auto recurrido hubiera vulnerado el art. 1478 del Código Civil, referente al efecto traslativo de la venta forzosa, pues la venta forzosa transfiere a favor del tercero adjudicatario los derechos que tenía en la cosa quien ha sufrido el embargo, estando ya perfeccionado el derecho propietario del impetrante de acuerdo al art. 1453, no se respetó la previsión contenida en el art. 1545 del Código Civil, que refiere que si por actos distintos ha transmitido el propietario los mismos bienes inmuebles a diferentes personas, la propiedad pertenece al adquirente que haya inscrito primero su título