5) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso
4) La Sentencia se funda en un hecho no cierto, denuncia haber sido condenado por un hecho no acreditado y más concretamente por una declaración testifical falseada, no se menciona el nombre de la persona que celebro el contrato con ZION BOL SRL., de lo que se establece que no es evidente que el acusado haya suscrito contrato con el Estado; no es evidente que la orden de compra se le conciba como contrato y por ultimo no es cierto que el testigo haya dado una identidad de figuras entre la orden de pago y un contrato civil.
5) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso en su triple dimensión, al existir la dilación en el juicio oral por más de un año, solicitando tutela jurisdiccional y en mérito a esa violación pide la anulación del Auto de Vista porque ilegalmente la confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 7 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Luís Demetrio Calbimonte Vacaflores, formuló recurso de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El recurrente denuncia defectuosa valoración de la prueba, señalando que el
- 3) Denuncia que la motivación de la Sentencia se funda en un hecho
- 5) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo planteado, el recurrente, invocó como precedente contradictorio el Auto
- Referido al tercer motivo de casación, referente a que la motivación de la Sentencia estuviera
- Respecto del cuarto motivo, relativo a que la Sentencia se funda en hechos no ciertos,
- Respecto del quinto motivo, en el que señala que existió desconocimiento del principio de continuidad
- En el presente motivo se advierte el incumplimiento de los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
