Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia en aquellos casos en los que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: a) Que el fin último del derecho es la justicia. b) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente. c) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115.II de la CPE, el Estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa. d) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la LOJ
- Por memorial presentado el 7 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Luís Demetrio Calbimonte Vacaflores, formuló recurso de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El recurrente denuncia defectuosa valoración de la prueba, señalando que el
- 3) Denuncia que la motivación de la Sentencia se funda en un hecho
- 5) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo planteado, el recurrente, invocó como precedente contradictorio el Auto
- Referido al tercer motivo de casación, referente a que la motivación de la Sentencia estuviera
- Respecto del cuarto motivo, relativo a que la Sentencia se funda en hechos no ciertos,
- Respecto del quinto motivo, en el que señala que existió desconocimiento del principio de continuidad
- En el presente motivo se advierte el incumplimiento de los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
