Auto Supremo AS/0728/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2015-RA

Fecha: 02-Dic-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración de derechos y garantías constitucionales, si bien refirió como infringida la garantía al debido proceso; sin embargo, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación sin especificar los hechos concretos que le causan agravio y el argumento que el Auto de Vista impugnado no habría analizado correctamente; y, el resultado dañoso emergente del defecto. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización para una posible admisión excepcional, impidiendo a este Tribunal la labor encomendada por ley, al no ser posible establecer el sentido jurídico distinto aplicado por el Tribunal de apelación, por lo que el motivo resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 219 a 222 vta., interpuesto por Luís Demetrio Calbimonte Vacaflores