De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista complementario el 30 de septiembre de 2015 (fs. 171), interpuso recurso de casación el 7 de octubre del mismo año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente denuncia, que el Auto de Vista carece de fundamentación y coherencia, toda vez repite argumentos de la Sentencia, sin fundamentar los agravios denunciados; que en los putos 3 y 4 del Considerando Segundo contiene una argumentación confusa; que sin analizar el recurso, el Tribunal de alzada anticipa criterio y se encuentra privado de toda imparcialidad al declarar la improcedencia del recurso por carecer de fundamentación y no adecuarse a la normativa legal vigente. Al respecto invocó el Auto Supremo 315 de 25 de agosto de 2006
- Por memorial presentado el 7 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Luís Demetrio Calbimonte Vacaflores, formuló recurso de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El recurrente denuncia defectuosa valoración de la prueba, señalando que el
- 3) Denuncia que la motivación de la Sentencia se funda en un hecho
- 5) Argumenta la vulneración del principio de continuidad estrechamente relacionada con el debido proceso
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo planteado, el recurrente, invocó como precedente contradictorio el Auto
- Referido al tercer motivo de casación, referente a que la motivación de la Sentencia estuviera
- Respecto del cuarto motivo, relativo a que la Sentencia se funda en hechos no ciertos,
- Respecto del quinto motivo, en el que señala que existió desconocimiento del principio de continuidad
- En el presente motivo se advierte el incumplimiento de los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
