De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollado la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 18/2014 de 27 de noviembre, el Juez Primero de Partido de Sentencia de la Ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Carmen Guzmán Coria y José Anatholi Orellana Guzmán, autores de la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias, Atentados Contra la Libertad de Trabajo, tipificados por los arts. 298 y 303 del CP, condenándoles a la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia; por otro lado, declaró a ambos imputados absueltos de la comisión del delito de Amenazas, previsto y sancionado por el art. 293 del CP
- Por memoriales presentados el 17 de septiembre de 2015 y 5 de octubre de 2015,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados interponen recurso de apelación restringida (fs
- Los recurrentes formularon recurso de casación bajo los mismos fundamentos, expresando como motivos los siguientes
- 2) Que, el Ad quem, en cuanto a la denuncia sobre la falta de
- 3) Señala que el Tribunal de mérito sin fundamento legal no les permitió ofrecer
- 4) Que, en el Auto de Vista no se había hecho mención a la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
- En cuanto al segundo y cuarto motivo de casación, los recurrentes se limitan a señalar
- En el tercer motivo de casación, los recurrentes sin observar lo dispuesto por el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
