Auto Supremo AS/0745/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2015-RA

Fecha: 02-Dic-2015

En el tercer motivo de casación, los recurrentes sin observar lo dispuesto por el art


En el tercer motivo de casación, los recurrentes sin observar lo dispuesto por el art. 416 del CPP, que dispone que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista que resuelven recursos de casación, plantean el motivo de casación haciendo observaciones a la Sentencia; asimismo, se limitaron a citar como precedente contradictorio el Auto Supremo 242 de 17 de noviembre de 2008, sin señalar en forma expresa cual sería la supuesta contradicción entre éste y el motivo traído en casación, por lo que, el motivo deviene en inadmisible por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP