Por otra parte, revisados los antecedentes del proceso, se verifica que el Tribunal de alzada
Por otra parte, revisados los antecedentes del proceso, se verifica que el Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación restringida formulada por los imputados; lo que implica, que no emitió un pronunciamiento de fondo respecto a las cuestiones que plantearon en el citado medio de impugnación, por lo que en todo caso correspondía a la parte recurrente impugnar y cuestionar las razones de la decisión de rechazo al recurso de apelación restringida y no plantear aspectos que en mérito a esa determinación no fueron analizados en el fondo del recurso; criterio también asumido en casos similares como los resueltos a través de los Autos Supremos 101/2013-RA de 15 de abril y 199/2013-RA de 30 de julio, entre otros; situación que también inviabiliza el análisis del recurso vía flexibilización, ante la denuncia de vulneración a la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho a la defensa
- Por memorial presentado el 30 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- c) El 10 y 23 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos, los siguientes
- 2) Añaden que en cuanto a la denuncia en apelación restringida referida a
- 3) Por último, señalan que el Auto de Vista impugnado vulnera el principio
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se constata que el imputado Miguel Ángel Cárdenas Algarañaz conforme
- En cuanto a los tres motivos alegados en casación, se tiene que los recurrentes denuncian
- Por otra parte, revisados los antecedentes del proceso, se verifica que el Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
