De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al poder del empleador, principio protector reconocido también en el art. 3.g) del CPT. Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador a tiempo de tener acceso a la prueba idónea para acreditar o desvirtuar determinados asuntos laborales, como por ejemplo a la prueba documental, el legislador con el ánimo de compensar esta situación, ha previsto que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal y facultativa para el trabajador, conforme disponen los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT; es decir, que en materia laboral rige el principio de inversión correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, siendo simplemente una facultad del actor trabajador la de ofrecer prueba, más no una obligación
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Yaber Amelot Velasco propietario del Aserradero y Barraca Yamel
- Dicha Resolución motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Manifestó también que en el presente proceso se llevaron a cabo notificaciones realizadas en el
- Señaló también que se hizo alusión a los principios de pertinencia y congruencia, olvidándose de
- Solicito que deliberando en el fondo se case el Auto de Vista recurrido anulando obrados
- CONSIDERANDO II
- Respecto a la denuncia en sentido de que en el presente proceso se llevaron a
- Ahora bien, la nulidad solicitada no se justifica de manera alguna, toda vez que si
- En autos, de los motivos expuestos en el recurso de apelación interpuesto por la parte
- Cabe indicar previamente que el art
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- En ese marco corresponde señalar además que la valoración y compulsa de las pruebas, es
- Sin embargo de lo anotado este Tribunal ve necesario aclarar que, si bien la parte
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
