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    Auto Supremo AS/0897/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0897/2015

    Fecha: 18-Dic-2015

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesto el recurso de apelación por Yaber Amelot Velasco propietario del Aserradero y Barraca Yamel
    • Dicha Resolución motivó el recurso de nulidad o casación de fs
    • Manifestó también que en el presente proceso se llevaron a cabo notificaciones realizadas en el
    • Señaló también que se hizo alusión a los principios de pertinencia y congruencia, olvidándose de
    • Solicito que deliberando en el fondo se case el Auto de Vista recurrido anulando obrados
    • CONSIDERANDO II
    • Respecto a la denuncia en sentido de que en el presente proceso se llevaron a
    • Ahora bien, la nulidad solicitada no se justifica de manera alguna, toda vez que si
    • En autos, de los motivos expuestos en el recurso de apelación interpuesto por la parte
    • Cabe indicar previamente que el art
    • De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
    • En ese marco corresponde señalar además que la valoración y compulsa de las pruebas, es
    • Sin embargo de lo anotado este Tribunal ve necesario aclarar que, si bien la parte
    • Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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