CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación en fondo interpuesto por Shariel Rosabel Lozano Cardenas, cursante de fs. 106 a 107 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 228/2011 de fecha 3 de noviembre de 2011, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y familiar de la Corte Superior de Justicia de Potosí, dentro del proceso de Nulidad de documento, seguido a instancia de Shariel Rosabel Lozano Cárdenas contra José Antonio Surriable Barea, la concesión de fs. 110 vta., los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Shariel Rosabel Lozano Cárdenas interpuso demanda de nulidad de documento, indicando que supuestamente ella sería deudora de Bs. 138.850, monto que se le habría entregado en fecha 12 de julio de 2008, hecho que es totalmente falso porque en ningún momento José Antonio Surriable Barea le entregó la suma indicada, sino que ante los problemas que tenía y a sugerencia de su abogado suscribieron el documento cursante a fs. 1, solo como un documento ficticio. Aclara además que la relación que tenía con el demandado era comercial, más bien un contrato de mutuo préstamo de cosas fungibles, razón por la cual faltando uno de los requisitos del contrato cual es el objeto del contrato y de conformidad con los arts. 895, 452 inc.1, 2,3 y 549 inc. 1 y 2 del Código Civil demanda la nulidad del documento privado de préstamo de dinero, por falta de objeto cierto y determinado como requisito para la formación del contrato, pidiendo que en sentencia sea declarada probada su demanda con todas sus partes, consiguientemente nulo y sin valor legal el mencionado documento
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Shariel Rosabel Lozano Cárdenas interpuso demanda de nulidad de documento, indicando que supuestamente ella sería deudora de Bs. 138.850, monto que se le habría entregado en fecha 12 de julio de 2008, hecho que es totalmente falso porque en ningún momento José Antonio Surriable Barea le entregó la suma indicada, sino que ante los problemas que tenía y a sugerencia de su abogado suscribieron el documento cursante a fs. 1, solo como un documento ficticio. Aclara además que la relación que tenía con el demandado era comercial, más bien un contrato de mutuo préstamo de cosas fungibles, razón por la cual faltando uno de los requisitos del contrato cual es el objeto del contrato y de conformidad con los arts. 895, 452 inc.1, 2,3 y 549 inc. 1 y 2 del Código Civil demanda la nulidad del documento privado de préstamo de dinero, por falta de objeto cierto y determinado como requisito para la formación del contrato, pidiendo que en sentencia sea declarada probada su demanda con todas sus partes, consiguientemente nulo y sin valor legal el mencionado documento
- Partes: Shariel Rosabel Lozano Cárdenas. c/ José Antonio Surriable Barea
- Proceso: Nulidad de documento
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I:
- Citado el demandado opone excepciones previas de obscuridad, contradicción o imprecisión en la demanda, las
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 105/2011, de fecha 11
- La recurrente interpuso recurso de casación en el fondo expresando los siguientes agravios
- Acusa que en la valoración de la prueba se ha incurrido en error de hecho
- Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de
- CONSIDERANDO III:
- Al respecto diremos que el art
- En el caso que se analiza el objeto del contrato era el préstamo de dinero
- Respecto a la prueba adjuntada en segunda instancia confesión espontánea (declaración del demandando en proceso
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
