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    Auto Supremo AS/1102/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1102/2015

    Fecha: 03-Dic-2015

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    • Proceso: Reconocimiento Judicial de Paternidad
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I:
    • Considerando que todo niño, niña y adolecente tiene derecho a la identidad y filiación respecto
    • Observada la demanda, la misma es subsanada por memorial de fs. 48 y vta
    • Sustanciado el proceso, el Juez de Partido Sexto de Familia de la ciudad de Santa
    • Contra esa resolución de primera instancia, la parte demandada a través de su abogado apoderado
    • CONSIDERANDO II:
    • En la forma
    • En merito a los fundamentos expuestos pide dictar Auto Supremo, anulando obrados con reposición hasta
    • En el fondo
    • 2
    • 3
    • Por todo lo fundamentado a nombre de su mandante interpone recurso extraordinario de nulidad y
    • CONSIDERANDO III:
    • En la forma
    • De inicio diremos que la citación es el acto por el cual un Juez o
    • Que en el presente caso, instaurada que fue la demanda y corrida en traslado al
    • El art
    • II
    • De la norma procesal civil señalada, debemos desarrollar que las citaciones por edictos, es una
    • De lo señalado por el recurrente, respecto a que al practicar la citación mediante edictos
    • En base a esas consideraciones, corresponde analizar el recurso de casación planteado
    • El recurrente expone como infracciones la vulneración del art
    • Del análisis del recurso se advierte que el mismo carece de técnica recursiva, siendo confusos
    • Toda vez que el recurso carece de una adecuada técnica recursiva y habiendo acusado agravios
    • Por las razones expuestas, éste Tribunal falla en la forma prevista por los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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