De la norma procesal civil señalada, debemos desarrollar que las citaciones por edictos, es una
De la norma procesal civil señalada, debemos desarrollar que las citaciones por edictos, es una opción que tiene el demandante cuando al interponer una demanda éste desconoce el domicilio del o los demandados, caso en el que podrá hacer uso del art. 124 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, respecto de esta modalidad de citaciones por edictos debemos señalar que: deben ser publicadas en medios de prensa de circulación nacional como una forma de comunicación judicial en resguardo al debido proceso y derecho a la defensa que la ley le da al demandado para que tenga conocimiento de cualquier demanda que se pueda seguir en su contra y asuma su defensa
- Proceso: Reconocimiento Judicial de Paternidad
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I:
- Considerando que todo niño, niña y adolecente tiene derecho a la identidad y filiación respecto
- Observada la demanda, la misma es subsanada por memorial de fs. 48 y vta
- Sustanciado el proceso, el Juez de Partido Sexto de Familia de la ciudad de Santa
- Contra esa resolución de primera instancia, la parte demandada a través de su abogado apoderado
- CONSIDERANDO II:
- En la forma
- En merito a los fundamentos expuestos pide dictar Auto Supremo, anulando obrados con reposición hasta
- En el fondo
- 2
- 3
- Por todo lo fundamentado a nombre de su mandante interpone recurso extraordinario de nulidad y
- CONSIDERANDO III:
- En la forma
- De inicio diremos que la citación es el acto por el cual un Juez o
- Que en el presente caso, instaurada que fue la demanda y corrida en traslado al
- El art
- II
- De la norma procesal civil señalada, debemos desarrollar que las citaciones por edictos, es una
- De lo señalado por el recurrente, respecto a que al practicar la citación mediante edictos
- En base a esas consideraciones, corresponde analizar el recurso de casación planteado
- El recurrente expone como infracciones la vulneración del art
- Del análisis del recurso se advierte que el mismo carece de técnica recursiva, siendo confusos
- Toda vez que el recurso carece de una adecuada técnica recursiva y habiendo acusado agravios
- Por las razones expuestas, éste Tribunal falla en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
