Auto Supremo AS/1118/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1118/2015

Fecha: 04-Dic-2015

Arguye también que los Jueces de segunda Instancia vulneraron el art

Arguye también que los Jueces de segunda Instancia vulneraron el art. 87 del Código Civil, porque la posesión se la puede ejercer personalmente o mediante terceros, por lo que señala que cuando viajó a España sus hijos permanecieron en posesión del inmueble