Al respecto, se tiene que la perención de instancia conforme a la sistemática
En el fondo.- (teorizar en que consiste la perención y en qué casos procede)
Con referencia a que el Auto de Vista recurrido, habría interpretado de forma errónea la figura de perención de instancia prevista en el art. 309 del Código de Procedimiento Civil, cuando el art. 313 del mismo cuerpo legal determinaría una expresa prohibición respecto a que no procedería la perención cuando el proceso se encontraría con autos para Sentencia.
Al respecto, se tiene que la perención de instancia conforme a la sistemática Procesal Civil boliviana, es una forma de conclusión extraordinaria del proceso, extinción derivada de la inercia y de la inactividad procesal de las partes, durante el plazo que determina el Código de Procedimiento Civil
Con referencia a que el Auto de Vista recurrido, habría interpretado de forma errónea la figura de perención de instancia prevista en el art. 309 del Código de Procedimiento Civil, cuando el art. 313 del mismo cuerpo legal determinaría una expresa prohibición respecto a que no procedería la perención cuando el proceso se encontraría con autos para Sentencia.
Al respecto, se tiene que la perención de instancia conforme a la sistemática Procesal Civil boliviana, es una forma de conclusión extraordinaria del proceso, extinción derivada de la inercia y de la inactividad procesal de las partes, durante el plazo que determina el Código de Procedimiento Civil
- Auto Supremo: 1134/2015 - L Sucre: 08 de diciembre 2015 Expediente: PT – 18 –
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra ese Auto, la parte demandante de fs
- 1
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto se tiene que el Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido que la motivación en
- Con respecto a ello y en relación a la pertinencia y congruencia que debe guardar
- En esa orientación, una resolución judicial en mérito al principio de congruencia debe reunir la
- En el caso de Autos, de la revisión de la Resolución de alzada, se evidencia
- De lo expresado se tiene que el Recurso de Casación en la Forma deviene en
- Al respecto, se tiene que la perención de instancia conforme a la sistemática
- Así lo establece el art
- En ese entendido, por contraste se tiene que cuando la detención del proceso, no está
- Que, conforme a lo dispuesto por el art
- En ese antecedente, la perención de instancia en el presente caso, debe ser interpretada conforme
- Concluyendo que, en el caso de análisis, la declaración de perención de instancia no corresponde,
- Asimismo todo el razonamiento antelado concierne para dar respuesta a los fundamentos esgrimidos por la
- Conforme a lo analizado supra, este Tribunal resuelve el recurso en el fondo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
