Auto Supremo AS/1134/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1134/2015

Fecha: 07-Dic-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase


Asimismo, al ser excusable el error cometido por el Tribunal Ad quem no se impone ninguna multa, sin embargo se apercibe al Juez A quo a observar el fiel cumplimiento del art. 395 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, comuníquese y devuélvase