Auto Supremo AS/1143/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1143/2015

Fecha: 08-Dic-2015

Expresa también que existiría vulneración al art

Expresa también que existiría vulneración al art. 120 del Código Civil, puesto que su persona jamás fue citada de forma personal, por lo que debió de practicarse una nueva diligencia personal con la demanda