Auto Supremo AS/1156/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2015

Fecha: 16-Dic-2015

C0NSIDERANDO I:

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 437 a 444, interpuesto por Soledad Rodríguez Claros contra el Auto de Vista Nº 272/2014 de 31 de octubre de 2014 que cursa de fs. 431 a 433 emitido por el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba en el proceso de Nulidad de documentos de venta y cancelación de su inscripción seguido por Maximiliano Ureña Acosta en contra de Agustín Carvajal Salvador y Soledad Rodríguez Claros, la contestación de fs. 447 a 448, la concesión de fs. 467, los antecedentes del proceso, y;
C0NSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Quinto de Partido en lo Civil, Comercial de la ciudad de Cochabamba dictó la Sentencia Nº 03/2014 de 17 de enero de 2014 que cursa de fs. 364 a 370 y vta., por la que declara: a) Improbada la demanda de 16 de junio del año 2009 (fs. 93-97) y b) La acción reconvencional de 04 de noviembre del año 2009 (fs. 151-156); Probada la excepción perentoria de improcedencia de la acción reconvencional opuesta por el demandante en el memorial de 23 de noviembre del año 2009 (fs. 177-178); Probada en parte las excepciones perentorias de falta de acción y derecho e improcedencia de la demanda opuestas por la codemandada Soledad Rodríguez Claros y la defensora de oficio en memoriales de 04 de noviembre del año 2009 (fs. 151-156) y 05 de enero del año 2010 (fs. 197), respectivamente, en lo que toca a la pretensión de nulidad de la escritura pública Nº 149/2007 de fecha 09 de marzo del año 2007