En grado de apelación, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
En grado de apelación, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista de 7 de noviembre de 2014, de fs. 315, confirmó el Auto de 16 de junio de 2014 objeto de apelación. A través del Auto de 15 de diciembre de 2014, de fs. 318, declara no haber lugar a la aclaración solicitada; resoluciones contra las cuales el actor recurre de casación en el fondo y en la forma
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de apelación, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Recurso de casación en el fondo
- Empero, dice, esa minuta declarada falsa no tiene ninguna relación con la minuta realizada a
- Precisa que sobre este derecho propietario no existe una Sentencia civil dictada en proceso ordinario
- Indica que en las sentencias con Auto Supremo, el demandado Pablo David Barrientos Claure no
- Señala que de acuerdo al precitado art
- Recurso de casación en la forma
- Con esos antecedentes pide anular obrados con reposición hasta el vicio más antiguo, o alternativamente,
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 3º
- 4º
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000 (Un Mil Bolivianos)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
