Auto Supremo AS/0001/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0001/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

En referencia a la afirmación de que sólo le correspondería al actor duodécimas de aguinaldo

En referencia a la afirmación de que sólo le correspondería al actor duodécimas de aguinaldo de la gestión 2006 y no así los montos reclamados en la demanda; debe considerarse que el demandado ahora recurrente a lo largo de la tramitación del proceso no ha desvirtuado este extremo como era su obligación de conformidad a lo establecido por los artículos 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, por lo que los de instancia han concluido adecuadamente al conceder este derecho