CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, si bien no aclara si la casación es
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, si bien no aclara si la casación es en el fondo o en la forma, sin embargo por los reclamos expuestos, se colige que se trata de casación en el fondo, por lo que se pasa a considerar el mismo, de donde se establece lo siguiente:
Conforme dispone el art. 48.I.II de la Constitución Política del Estado, “las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio y que las mismas se interpretaran y aplicaran bajo los principios de protección de los trabajadores y trabajadoras…”
Conforme dispone el art. 48.I.II de la Constitución Política del Estado, “las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio y que las mismas se interpretaran y aplicaran bajo los principios de protección de los trabajadores y trabajadoras…”
- Auto Supremo Nº 07/2015-L
- Expediente: TJA.299/2010
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad
- Contra la resolución de segunda instancia, la parte demandada, interpone recurso de nulidad o casación,
- Por esta razón concluye que recurre de nulidad y casación, solicitando en forma incongruente al
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, si bien no aclara si la casación es
- A su vez, el art
- Por otra parte, el art
- Al respecto, el art
- En el marco de lo anotado precedentemente, de la revisión de antecedentes que informan al
- Al respecto, si bien el recurrente sostiene su pretensión en el no pago de la
- En el caso presente, bajo los principios de proteccionismo e in dubio pro operario, dispuestos
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
