En el marco de lo anotado precedentemente, de la revisión de antecedentes que informan al
En el marco de lo anotado precedentemente, de la revisión de antecedentes que informan al proceso, se evidencia que mediante Auto de Vista de 22 de marzo de 2010, cursante de fs. 150 a 151, el ad quem, resolvió revocar la sentencia apelada declarando en el fondo probada la demanda, basado en el fundamento que: “...radica en la indisponibilidad de los derechos del trabajador, porque los mismos están limitados por norma constitucional, es decir que aunque el trabajador admita expresa o tácitamente la disminución salarial…”, fundando su decisión en lo normado por el art. 48 de la Constitución Política del Estado
- Auto Supremo Nº 07/2015-L
- Expediente: TJA.299/2010
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad
- Contra la resolución de segunda instancia, la parte demandada, interpone recurso de nulidad o casación,
- Por esta razón concluye que recurre de nulidad y casación, solicitando en forma incongruente al
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, si bien no aclara si la casación es
- A su vez, el art
- Por otra parte, el art
- Al respecto, el art
- En el marco de lo anotado precedentemente, de la revisión de antecedentes que informan al
- Al respecto, si bien el recurrente sostiene su pretensión en el no pago de la
- En el caso presente, bajo los principios de proteccionismo e in dubio pro operario, dispuestos
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
