Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0009/2015-L
Fecha: 24-Feb-2015
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Auto Supremo Nº 09/2015-L
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Expediente: LP.289/2010
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Distrito: La Paz
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Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
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CONSIDERANDO I: Que, María Elizabeth Parra Raya, demandó pago de beneficios sociales, contra la Caja
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Que, en grado de apelación por ambas partes, la entidad demandada mediante memorial de fs
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Dicho fallo motivó a la entidad demandada interponer recurso de nulidad y casación de fs
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Que, la solicitud para colocar el expediente a la vista es de fecha posterior
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Que, no formalizó su demanda correctamente, ni ratificó los extremos del extemporáneo memorial de fs
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CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia,
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Así, los plazos responden a razones de seguridad y certeza en el desarrollo del trámite,
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Bajo dichos lineamientos, se concluye que los plazos procesales pueden computarse por días, así como
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Merced a estas consideraciones técnico jurídicas, es imperativo precisar que conforme lo dispuesto por el
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A lo expuesto se debe agregar que de acuerdo a lo previsto por el art
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En este contexto, de la revisión de obrados se evidencia que la recurrente fue legalmente
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En consecuencia corresponde dar aplicación a los arts
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Se llama la atención a los Vocales que concedieron el recurso sin haber observado la
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FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
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