En la especie, de acuerdo a los datos del proceso, corresponde establecer si el señor
En la especie, de acuerdo a los datos del proceso, corresponde establecer si el señor Jorge Antonio Ross Mollard, a la conclusión del contrato de trabajo escrito que data de fecha 22 de abril 2003 hasta el 22 de septiembre del mismo año, continuó en funciones hasta el 21 de abril del 2004, es decir, se encontraba sujeto a un contrato indefinido de trabajo o por el contrario, sujeto a una renovación tacita de su primer contrato, tal como alega ampliamente la parte demandada; al respecto consta de obrados que vencido el termino estipulado en el contrato de trabajo, el trabajador se mantuvo en su fuente laboral, subsistiendo su actividad con el consentimiento de la parte empleadora, hecho previsto en el art. 21 de la Ley General del Trabajo
- Auto Supremo Nº 20/2015-L
- Expediente: LP.277/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Primero de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad en el fondo de fs
- Que el auto de vista, determina que el referido contrato de fs
- Que el auto de vista determino que el contrato de trabajo se convirtió en indefinido
- Concluyó solicitando, a la Corte Suprema de Justicia, que case el auto de vista recurrido,
- En ese contexto, de la revisión exhaustiva de los datos del proceso y del contenido
- En la especie, de acuerdo a los datos del proceso, corresponde establecer si el señor
- En efecto, conforme a los precedentes y teniendo en cuenta que vencido el termino estipulado
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
