En grado de apelación interpuesto por el rentista Lucio Quino Mamani, de fs
SEGUNDO.- Remítase el expediente a la unidad Legal, a efecto de dar prosecución a la denuncia formulada ante el Representante del Ministerio Público, debiendo dicha Unidad recabar la documentación pertinente y necesaria para el efecto.
En grado de apelación interpuesto por el rentista Lucio Quino Mamani, de fs. 78 a 82, mediante Auto de Vista Nº 75/2014 de 28 de marzo, de fs. 90 a 91, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Resolución Nº 00640/13 de 04 de septiembre de 2013, emitida por la Comisión de reclamaciones cursantes de fs. 73 a 76. En cuanto al pago global jubilatorio de vejez se dispone que el SENASIR, vía Comisión de Calificación de Renta proceda a efectuar el cálculo y pago global correspondiente a favor del solicitante. Asimismo sobre las amortizaciones y recuperaciones de lo indebidamente cobrado por el asegurado, se deja sin efecto, en tanto no se conozca el resultado o gestiones de la denuncia penal anunciada por el SENASIR, vía asesoría Legal
En grado de apelación interpuesto por el rentista Lucio Quino Mamani, de fs. 78 a 82, mediante Auto de Vista Nº 75/2014 de 28 de marzo, de fs. 90 a 91, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Resolución Nº 00640/13 de 04 de septiembre de 2013, emitida por la Comisión de reclamaciones cursantes de fs. 73 a 76. En cuanto al pago global jubilatorio de vejez se dispone que el SENASIR, vía Comisión de Calificación de Renta proceda a efectuar el cálculo y pago global correspondiente a favor del solicitante. Asimismo sobre las amortizaciones y recuperaciones de lo indebidamente cobrado por el asegurado, se deja sin efecto, en tanto no se conozca el resultado o gestiones de la denuncia penal anunciada por el SENASIR, vía asesoría Legal
- Auto Supremo Nº 53/2015
- Expediente: SSA.II-LP.430/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Mediante Resolución Nº 015798 de 14 de diciembre de 1997, la Comisión de
- Que, interpuesto el recurso de reclamación contra la suspensión definitiva de Renta de Jubilación
- En grado de apelación interpuesto por el rentista Lucio Quino Mamani, de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en fondo (fs
- 2
- Por esta razón solicita se conceda el recurso de casación en el fondo, debiendo
- II
- Finalmente que el art
- Concluyó solicitando se conceda el recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, para
- I
- Ahora bien, el Ente Gestor a fin de justificar la no certificación por los años
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- En tal sentido, el asegurado, a fin de que se proceda a una correcta calificación
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y lo dispuesto en los arts
- Por lo expuesto, se concluye que al no ser evidente las infracciones acusadas en el
- Sin costas por disposición de los art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
