Auto Supremo AS/0063/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

3) De otro lado, alegan errónea aplicación de la ley penal, puesto que la acusadora


3) De otro lado, alegan errónea aplicación de la ley penal, puesto que la acusadora particular tiene garantizada la devolución del precio del contrato de anticresis que dio origen al proceso de Estafa del cual fueron absueltos; sin embargo, no se menciona ese hecho como elemento probatorio relevante para desvirtuar que la acusación era un hecho de naturaleza civil y no penal; y si no existió Estafa, menos aún puede haber Estelionato, ya que ambos ilícitos penales se complementan; sin embargo, se los acusa por un delito no querellado, incluyendo pruebas no incorporadas a juicio para ser valoradas en la acusación por el delito de Estelionato; además de que la autoridad de primera instancia actuó como juez y parte, al convertirse en acusador particular y en juez dirimidor del proceso; lo que llena de vicios de nulidad de la Sentencia condenatoria por el delito de Estelionato