El tercer agravio en el que se alega errónea aplicación de la ley penal, por
El tercer agravio en el que se alega errónea aplicación de la ley penal, por cuanto el hecho que la acusadora particular tenía garantizada la devolución del precio del contrato de anticresis, objeto del proceso penal y que dio lugar a la supuesta Estafa; no fue considerado a tiempo de emitir la Sentencia y por ende, no podía sostenerse la comisión del delito de Estafa y menos aún Estelionato, ya que ambos ilícitos se complementan. Al igual que en los casos anteriores, dicha denuncia se enmarca en hechos ocurridos en etapa de juicio oral, omitiendo establecerse de qué modo el Tribunal de alzada les produjo algún agravio. Lo mismo con relación a la afirmación sobre la supuesta actuación del Juez de Sentencia, como Juez y parte
- Por memorial presentado el 17 de julio de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Carmen Miriam Mirtha Ugarte de Martínez (fs
- c) Notificados los recurrentes con el mencionado Auto de Vista, el 13 de julio de
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- Agregan que además, de lo señalado, los imputados fueron citados por cédula con el proceso
- 3) De otro lado, alegan errónea aplicación de la ley penal, puesto que la acusadora
- Por lo señalado, piden que se pronuncie un “…AUTO SUPREMO rectificando la Sentencia impugnada por
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por los recurrentes se puede
- El extremo señalado precedentemente demuestra que en el presente recurso, los impugnantes no cumplieron los
- En consecuencia, conforme a lo señalado, se tiene que la falta de precisión y especificidad
- El tercer agravio en el que se alega errónea aplicación de la ley penal, por
- Todo lo afirmado encuentra sustento en el petitorio del recurso, puesto que de la lectura
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
