Auto Supremo AS/0078/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2015

Fecha: 05-Feb-2015

Si el recurrente consideraba que la demanda adolecía de defectos formales, debió haber atacado haciendo

Si el recurrente consideraba que la demanda adolecía de defectos formales, debió haber atacado haciendo uso de manera idónea y eficaz de las excepciones previas establecidas en el art. 336 del Código de Procedimiento Civil y si bien interpuso las excepciones de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda; sin embargo se limitó a cuestionar únicamente la falta de registro en Derechos Reales del derecho propietario del actor principal y en ningún momento alegó que la demanda debía ser dirigida contra otras personas