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    Auto Supremo AS/0085/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0085/2015-RRC

    Fecha: 06-Feb-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 25 de julio y 8 de agosto de 2014, que cursan
    • a)En mérito a las acusaciones pública (fs
    • De los recursos de casación (fs
    • Recurso de casación de Guillermo Pastor Claure y Julio Torrico Tejada
    • 1)Los nombrados imputados refieren que, habiéndose declarado improbados los incidentes y excepciones de extinción de
    • 2)Por otro lado, denuncian que el Tribunal de alzada pronunció un Auto de Vista sin
    • Recurso de casación de Nils Simbrón Rivadeneira
    • i)Afirma que el Tribunal de alzada vulneró el debido proceso, los derechos a la
    • acusación debió ofrecer una pericia sobre estos documentos, conclusión del Tribunal de Sentencia en la
    • En cuanto a que la Sentencia no tendría suficiente fundamentación, asevera que tampoco es cierto,
    • Concluye señalando que, lo afirmado en el Auto de Vista impugnado es en base a
    • En ambos recursos los recurrentes solicitan su admisión, que se deje sin efecto el Auto
    • Mediante Auto Supremo 610/2014-RA de 4 de noviembre, cursante de fs
    • II.1.De la resolución de excepciones e incidentes y la apelación incidental
    • Los ahora recurrentes, en la etapa correspondiente del juicio oral, plantearon incidentes de actividad procesal
    • Los imputados solicitaron la concesión del recurso de apelación incidental; sin embargo, la Presidenta del
    • II.2. De la Sentencia
    • Concluido el juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia dictó Sentencia absolutoria en favor de
    • II.3. De las apelaciones restringidas
    • II.3.1. Apelación del Ministerio Público
    • La prueba no fue correctamente valorada en Sentencia, no obstante que demuestran la falta de
    • de todas las pruebas, sin que sea suficiente hacer una simple relación de documentos como
    • II.3.2. Apelación de la parte querellante
    • En la apelación restringida planteada por la parte querellante, se reclamaron dos motivos, el primero
    • Como segundo agravio denunció insuficiente fundamentación de la Sentencia, por cuanto: i) Se limitó a
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La
    • Con esos argumentos, el Tribunal de apelación declaró la procedencia de los recursos de apelación
    • Conforme se advierte del contenido del Auto de Admisión emitido en la presente causa, el
    • III.1.1. Resolución de excepciones y medio de impugnación
    • previendo requisitos de procedencia, el procedimiento aplicable, así como las formas de resolución
    • Así, el recurso de apelación incidental previsto por el art
    • Esa característica esencial de continuidad, está íntimamente vinculada a la inmediación, en cuyo mérito, las
    • De donde resulta, que la resolución de las excepciones en la audiencia de juicio oral
    • En el segundo caso, es decir, cuando se rechace la excepción planteada, y se causa
    • Si se realizaría una lectura parcial de las normas contenidas en los arts
    • Por otra parte, si se aceptara la apelación de las resoluciones que rechacen las excepciones
    • 2
    • El requisito del agravio, denominado por la doctrina procesal como interés, gravamen o personalidad del
    • El agravio significa que las partes sólo pueden impugnar aquellas decisiones que les resulten desfavorables,
    • situación jurídica, con el rechazo de la excepción, no se vería modificada, al mantenerse las
    • Consecuentemente, al momento de resolver en la audiencia de juicio las excepciones o incidentes, será
    • De lo anotado se concluye que en el juicio oral no es posible interponer el
    • III.1.2. Análisis del primer motivo de casación
    • En la exposición de este primer motivo, los imputados aluden la omisión de pronunciamiento del
    • En ese estado de cosas y habiéndose proseguido con la tramitación del juicio oral, el
    • En consecuencia, los imputados al no hacer efectivo su derecho de recurrir contra la Resolución
    • Por todo lo anterior, se concluye que el Tribunal de alzada no vulneró los derechos
    • III
    • III.2.1. Los precedentes invocados
    • Los imputados invocaron el Auto Supremo 41/2012 de 30 de marzo de 2012 (Sala Penal
    • Por otro lado, los errores o inobservancias del procedimiento, serán calificados como lesivos a la
    • Así, no todo defecto o no toda irregularidad en un acto procesal o en un
    • Finalmente, se deberá considerar que toda Resolución dictada en Apelación y en lo que concierne
    • pronunciado por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial; situación que además contradice la
    • Una vez identificados los precedentes invocados en el recurso de casación sujeto a análisis, debe
    • El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
    • La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
    • Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
    • Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
    • los juzgadores tienen el deber de cumplir con tales exigencias, no sólo por la vinculatoriedad
    • Además, es línea de este Tribunal la importancia de que los Tribunales de justicia del
    • Este entendimiento fue plasmado, entre otros, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre,
    • En el presente proceso, los recurrentes de casación sostienen que el Auto de Vista impugnado,
    • Continúa su argumentación sobre este agravio manifestando que: “…el tribunal opta por afirmar que la
    • En cuanto a la insuficiente fundamentación de la Sentencia en relación a la prueba judicializada,
    • Como se observa, los argumentos que sirvieron de base al Tribunal de juicio para dictar
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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