El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
En la fundamentación descriptiva la autoridad judicial debe proceder a consignar cada elemento probatorio útil, mediante una referencia explícita a los aspectos más sobresalientes de su contenido, dejando constancia en el caso de la prueba testifical de las ideas principales y pertinentes que se extraen de la declaración del testigo, procurando no hacer una trascripción literal de la declaración; siendo también aplicable este criterio con relación a los peritos que puedan concurrir personalmente a la audiencia de juicio. En el caso de la prueba documental y pericial, esta fundamentación descriptiva quedará cumplida al dejarse constancia de los datos más relevantes de esta prueba con mayor énfasis de las conclusiones atinentes o relevantes del caso.
La fundamentación fáctica es el momento en el cual debe establecerse cuales los hechos estimados como probados; es decir, el establecimiento de los hechos que positivamente se tengan por demostrados de conformidad con los elementos probatorios que hayan sido incorporados legalmente en la audiencia de juicio; esta fundamentación es necesaria, pues de ella posteriormente se procederá a extraer las consecuencias jurídicas fundamentales y establecer en su caso la responsabilidad penal del imputado o su absolución; siendo esencial que en esta fundamentación se proceda a efectuar una descripción clara, precisa y circunstanciada de los hechos establecidos como verdaderos.
El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se trata de apreciar cada elemento de juicio en su individualidad, sino de aplicar conclusiones obtenidas de un elemento a otro, lo que implica, una apreciación en el conjunto de toda la prueba judicializada. En este momento, la autoridad judicial competente de emitir una sentencia, deberá dejar constancia de los aspectos que le permitieron concluir en el caso de las declaraciones testificales porque consideró coherente, incoherente, consistente o inconsistente, veraz o falsa la declaración de los testigos, es decir, expresar tanto las razones que se tiene para creer a alguno o algunos de los testimonios, como las razones que se tiene para rechazar o desechar otro u otros; similar tarea deberá ser desarrollada respecto a la prueba documental y pericial, debiendo dejarse constancia sobre el merecimiento o desmerecimiento de cada prueba así como su relevancia o no
- Por memoriales presentados el 25 de julio y 8 de agosto de 2014, que cursan
- a)En mérito a las acusaciones pública (fs
- De los recursos de casación (fs
- Recurso de casación de Guillermo Pastor Claure y Julio Torrico Tejada
- 1)Los nombrados imputados refieren que, habiéndose declarado improbados los incidentes y excepciones de extinción de
- 2)Por otro lado, denuncian que el Tribunal de alzada pronunció un Auto de Vista sin
- Recurso de casación de Nils Simbrón Rivadeneira
- i)Afirma que el Tribunal de alzada vulneró el debido proceso, los derechos a la
- acusación debió ofrecer una pericia sobre estos documentos, conclusión del Tribunal de Sentencia en la
- En cuanto a que la Sentencia no tendría suficiente fundamentación, asevera que tampoco es cierto,
- Concluye señalando que, lo afirmado en el Auto de Vista impugnado es en base a
- En ambos recursos los recurrentes solicitan su admisión, que se deje sin efecto el Auto
- Mediante Auto Supremo 610/2014-RA de 4 de noviembre, cursante de fs
- II.1.De la resolución de excepciones e incidentes y la apelación incidental
- Los ahora recurrentes, en la etapa correspondiente del juicio oral, plantearon incidentes de actividad procesal
- Los imputados solicitaron la concesión del recurso de apelación incidental; sin embargo, la Presidenta del
- II.2. De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia dictó Sentencia absolutoria en favor de
- II.3. De las apelaciones restringidas
- II.3.1. Apelación del Ministerio Público
- La prueba no fue correctamente valorada en Sentencia, no obstante que demuestran la falta de
- de todas las pruebas, sin que sea suficiente hacer una simple relación de documentos como
- II.3.2. Apelación de la parte querellante
- En la apelación restringida planteada por la parte querellante, se reclamaron dos motivos, el primero
- Como segundo agravio denunció insuficiente fundamentación de la Sentencia, por cuanto: i) Se limitó a
- II.4. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La
- Con esos argumentos, el Tribunal de apelación declaró la procedencia de los recursos de apelación
- Conforme se advierte del contenido del Auto de Admisión emitido en la presente causa, el
- III.1.1. Resolución de excepciones y medio de impugnación
- previendo requisitos de procedencia, el procedimiento aplicable, así como las formas de resolución
- Así, el recurso de apelación incidental previsto por el art
- Esa característica esencial de continuidad, está íntimamente vinculada a la inmediación, en cuyo mérito, las
- De donde resulta, que la resolución de las excepciones en la audiencia de juicio oral
- En el segundo caso, es decir, cuando se rechace la excepción planteada, y se causa
- Si se realizaría una lectura parcial de las normas contenidas en los arts
- Por otra parte, si se aceptara la apelación de las resoluciones que rechacen las excepciones
- 2
- El requisito del agravio, denominado por la doctrina procesal como interés, gravamen o personalidad del
- El agravio significa que las partes sólo pueden impugnar aquellas decisiones que les resulten desfavorables,
- situación jurídica, con el rechazo de la excepción, no se vería modificada, al mantenerse las
- Consecuentemente, al momento de resolver en la audiencia de juicio las excepciones o incidentes, será
- De lo anotado se concluye que en el juicio oral no es posible interponer el
- III.1.2. Análisis del primer motivo de casación
- En la exposición de este primer motivo, los imputados aluden la omisión de pronunciamiento del
- En ese estado de cosas y habiéndose proseguido con la tramitación del juicio oral, el
- En consecuencia, los imputados al no hacer efectivo su derecho de recurrir contra la Resolución
- Por todo lo anterior, se concluye que el Tribunal de alzada no vulneró los derechos
- III
- III.2.1. Los precedentes invocados
- Los imputados invocaron el Auto Supremo 41/2012 de 30 de marzo de 2012 (Sala Penal
- Por otro lado, los errores o inobservancias del procedimiento, serán calificados como lesivos a la
- Así, no todo defecto o no toda irregularidad en un acto procesal o en un
- Finalmente, se deberá considerar que toda Resolución dictada en Apelación y en lo que concierne
- pronunciado por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial; situación que además contradice la
- Una vez identificados los precedentes invocados en el recurso de casación sujeto a análisis, debe
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
- los juzgadores tienen el deber de cumplir con tales exigencias, no sólo por la vinculatoriedad
- Además, es línea de este Tribunal la importancia de que los Tribunales de justicia del
- Este entendimiento fue plasmado, entre otros, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre,
- En el presente proceso, los recurrentes de casación sostienen que el Auto de Vista impugnado,
- Continúa su argumentación sobre este agravio manifestando que: “…el tribunal opta por afirmar que la
- En cuanto a la insuficiente fundamentación de la Sentencia en relación a la prueba judicializada,
- Como se observa, los argumentos que sirvieron de base al Tribunal de juicio para dictar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
