Auto Supremo AS/0105/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

b) Recurrida la Sentencia en apelación restringida por el Ministerio Público (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) Sustanciado el juicio oral y público, por Sentencia 03/2014 de 14 de febrero (fs. 23 a 32 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a los imputados Américo Fernando Quisberth Calle y Santusa Mamani Uchasara, autores y culpables en grado de autoría y complicidad, de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, tipificado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, condenó al primero a la pena de doce años de reclusión y a la segunda a seis años y ocho meses; más la multa de diez mil días a razón de 0.50 ctvs., más costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia. Asimismo, declaró absuelto de pena y culpa a Jorge Quispe Velásquez.

b) Recurrida la Sentencia en apelación restringida por el Ministerio Público (fs. 43 a 44) y por los imputados Américo Fernando Quisberth Calle (fs. 46 a 47) y Santusa Mamani Uchasara (fs. 48 a 49 vta.), la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, pronunció el Auto de Vista de 3 de octubre de 2014, y declaró improcedente la apelación del Ministerio Público e inadmisibles los recursos de apelación restringida de los imputados por extemporáneos. Motivando la interposición de los recursos de casación, que son motivo de examen de fondo