Auto Supremo AS/0108/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2015-RA

Fecha: 12-Feb-2015

IV.2 Respecto al recurso de casación interpuesto por Leodán Castellón Díaz


El recurrente denuncia como único motivo de su impugnación, la omisión del Tribunal de alzada de analizar los elementos contenidos en los arts. 38 y 40 del CP y no señalar cuáles son los elementos o circunstancias que demostrarían la correcta aplicación del quantum de la pena, generando la errónea aplicación de las citadas normas y del art. 45 del CP. Para fundamentar su denuncia, el recurrente invoca los Autos Supremos 50 de 27 de enero y 171 de 6 de febrero, ambos del 2007, referidos a la facultad del Tribunal de alzada de modificar directamente el quantum de la pena y a la aplicación de la sanción más grave en caso de existir concurso real de delitos; puntualizando que en el presente caso, debió aplicarse una pena de seis años de reclusión en mérito a las circunstancias que detalló en su recurso de apelación restringida. Por lo expuesto, estando aún de manera escueta precisada la eventual contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados, en observancia de la previsión de los arts. 416 y 417 del CPP, corresponde el análisis de fondo del presente recurso.

IV.2 Respecto al recurso de casación interpuesto por Leodán Castellón Díaz