Auto Supremo AS/0116/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2015-RA

Fecha: 20-Feb-2015

Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian la concurrencia de defectos absolutos, violación a


Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian la concurrencia de defectos absolutos, violación a derechos y garantías previstas por la CPE, Tratados y Convenciones vigentes, así como los arts. 13 y 71 del CPP; sin embargo, olvidan exponer en qué consiste la disminución o restricción; y de qué derechos y garantías; ello, es explicar cómo entienden que se materializó los agravios alegados y cuál el resultado dañoso, con lo que tampoco se cumple con los requisitos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite III del presente Auto; en consecuencia, por lo expuesto estos motivos devienen en inadmisibles