Auto Supremo AS/0145/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0145/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

De otra parte, sobre este punto pese a que no fue denunciado este agravio el


De otra parte, sobre este punto pese a que no fue denunciado este agravio el Tribunal de alzada anuló la sentencia en base a dos argumentos: Que el imputado debió elaborar inventario y balances, lo cual no consideró el juzgador, y que no se valoró el aporte de capital de cada socio; sin embargo, no fundamentó cómo se incurrió en una defectuosa valoración probatoria, cuál el razonamiento erróneamente desplegado por la jueza, cuál el correcto y cómo esas pruebas erróneamente valoradas incidieron en la decisión final de la juzgadora; al respecto el Auto Supremo 500 de 24 de septiembre 2014, señala que ante “la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de las leyes del pensamiento humano respecto a la sana crítica, que además deberá contener necesariamente la identificación de cuáles los elementos de prueba incorrectamente valorados, así como la solución pretendida; el Tribunal de alzada, verificará si los argumentos y conclusiones de la Sentencia, reúnen los requisitos para ser considerados lógicos, y de evidenciar el reclamo, determinará la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio, ante la prohibición de corregir directamente el defecto, conforme dispone el art. 413 del CPP; en cambio de resultar incorrecta la denuncia, dispondrá su rechazo y confirmará lo resuelto en sentencia por el A quo”