b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recursos de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recursos de apelación restringida (fs. 358 a 359, 381 a 389, 392 a 393 y 414 a 418 vta. respectivamente), resueltos por Auto de Vista de 25 de julio de 2014, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que en mérito a la procedencia en parte de los recursos, dictó nueva Sentencia declarando a los imputados coautores de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiéndoles la pena de once años de presidio a Ramiro Rodríguez Chambi, Simona Aricona Colque, Fabiola Rojas Aguayo; y, de 8 años de presidio a Edson Mamani Durán, Carla Rojas Aguayo, Ebert Rodríguez Santos y Diego Ernesto Vargas Becerra, más multa de trescientos y doscientos días a razón de Bs. 3.- y 1.- (tres y un boliviano) por día, además de costas a favor del Estado, motivando que Ramiro Rodríguez Chambi, interponga el presente medio de impugnación
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2012 de 22 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recursos de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 674/2014-RA de 26
- I.1.2. Petitorio
- Por lo expuesto, el recurrente solicita se admita el recurso, dejando sin efecto el Auto
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- que, se consideró que carecía de antecedente policial por narcotráfico y de sentencia penal condenatoria
- II.2 De la apelación restringida del acusado
- El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- III
- El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de
- La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
- …el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de someterse a los
- Así los arts
- Debe agregarse que la fundamentación es una exigencia inexcusable tanto para que el condenado sepa
- En ese entendido, el referido Auto Supremo, dictó la siguiente doctrina legal aplicable: “La determinación
- Ahora bien, en el caso específico que se analizará a continuación, los razonamientos arriba expuestos
- III.2. Análisis del caso concreto
- circunstancias referidas a la personalidad del autor que carecía de antecedentes policiales por narcotráfico y
- Conforme se evidenció, recurrida la Sentencia de apelación, el Tribunal de alzada concibió que la
- Por lo expuesto, se advierte que el Juez de Sentencia, en atención a las condiciones
- En su mérito, al haberse enmarcado la actuación del Juez de instancia y del Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
