El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de
El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de la pena, asumió que:
“…es necesario señalar que el art. 118.III de la CPE, establece que: ‘El cumplimiento de las sanciones privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas a la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto de sus derechos’; a su vez, el párrafo segundo del mencionado artículo señala: ‘La máxima sanción penal será de treinta años de privación de libertad, sin derecho a indulto’; dichos preceptos constituyen el marco general constitucional, sobre el cual el legislador impone o define las penas mínimas y máximas para los distintos tipos penales, que a su vez se constituye en el ‘espacio o margen’ que el legislador otorgó al Juez, para que éste proceda a valorar todas y cada una de las particularidades presentes en el caso a resolver, observando los arts. 37 y siguientes del CP
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2012 de 22 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recursos de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 674/2014-RA de 26
- I.1.2. Petitorio
- Por lo expuesto, el recurrente solicita se admita el recurso, dejando sin efecto el Auto
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- que, se consideró que carecía de antecedente policial por narcotráfico y de sentencia penal condenatoria
- II.2 De la apelación restringida del acusado
- El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- III
- El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de
- La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
- …el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de someterse a los
- Así los arts
- Debe agregarse que la fundamentación es una exigencia inexcusable tanto para que el condenado sepa
- En ese entendido, el referido Auto Supremo, dictó la siguiente doctrina legal aplicable: “La determinación
- Ahora bien, en el caso específico que se analizará a continuación, los razonamientos arriba expuestos
- III.2. Análisis del caso concreto
- circunstancias referidas a la personalidad del autor que carecía de antecedentes policiales por narcotráfico y
- Conforme se evidenció, recurrida la Sentencia de apelación, el Tribunal de alzada concibió que la
- Por lo expuesto, se advierte que el Juez de Sentencia, en atención a las condiciones
- En su mérito, al haberse enmarcado la actuación del Juez de instancia y del Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
