Auto Supremo AS/0146/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de


El Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, en cuanto al deber de fundamentación de la pena, asumió que:

“…es necesario señalar que el art. 118.III de la CPE, establece que: ‘El cumplimiento de las sanciones privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas a la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto de sus derechos’; a su vez, el párrafo segundo del mencionado artículo señala: ‘La máxima sanción penal será de treinta años de privación de libertad, sin derecho a indulto’; dichos preceptos constituyen el marco general constitucional, sobre el cual el legislador impone o define las penas mínimas y máximas para los distintos tipos penales, que a su vez se constituye en el ‘espacio o margen’ que el legislador otorgó al Juez, para que éste proceda a valorar todas y cada una de las particularidades presentes en el caso a resolver, observando los arts. 37 y siguientes del CP