Auto Supremo AS/0117/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

6)Arguye que, la tercera conclusión del Auto de Vista, sostiene que la valoración de los


6)Arguye que, la tercera conclusión del Auto de Vista, sostiene que la valoración de los hechos y de la prueba es una atribución privativa del Juez o Tribunal de Sentencia, cerrando la posibilidad de realizar un nuevo examen sobre ellos en etapa de alzada; sin embargo, ingresó a realizar dicha tarea, viciando de nulidad el fallo impugnado, dando por válida la prueba documental ofrecida en fotocopias simples, vulnerando la reglas de la administración de justicia, sus derechos y garantías