Del memorial de fs. 67 a 69, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 67 a 69, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente manifiesta que el Auto de Vista no considera que el recurso de apelación restringida formulado por el Fiscal de materia, no cumplía con los requisitos establecidos por el art. 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en ése sentido señala que en el Considerando Primero del Auto de Vista recurrido, se refiere a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, defectuosa valoración de la prueba e inexistencia de fundamentación en la sentencia, aspectos que no fueron expuestos en base a una norma legal; por consiguiente, reitera que no se cumplieron con los requisitos de admisibilidad, que tampoco se procedió a la fundamentación recursiva en audiencia de complementación, incumpliendo -señala- los Autos Supremos y autos de vista, constituyendo un defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3 del CPP y cita el Auto de Vista 166/2005 de 12 de mayo, acusando la vulneración del debido proceso y a la seguridad jurídica.
2) Adicionalmente señala que el considerando segundo del Auto de Vista recurrido contendría tres conclusiones referidas a la falta de objetividad del Tribunal a quo, donde el Tribunal de alzada indicaría que se inobservó normas sustantivas, sin que haya especificado cuáles; y respecto a su participación en el hecho antijurídico, el recurrente argumenta que en audiencia de juicio oral no fue reconocido como autor, existiendo duda sobre su participación; y cuestiona donde está el fajo de dólares americanos que habría exhibido producto de la requisa que se le habría practicado, lo cual no habría sido presentado por el Ministerio Público en juicio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 25 de enero de
- Del memorial de fs. 67 a 69, se extraen los siguientes motivos
- Es así que, considera que aparentemente el Tribunal de alzada despejaría dudas sobre alguna posible
- 3) Denuncia también que; el Tribunal de alzada extrañamente observó la existencia de los defectos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- Es así que, con relación a los motivos primero, segundo y tercero, referidos en síntesis
- Se establece que, si bien la parte recurrente por una parte citó el Auto de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
